
Esta figura prevista por la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que, en ciertos casos, un empleador puede rescindir la relación laboral sin estar obligado a pagar una indemnización.
Esto ocurre cuando la terminación del contrato se debe a una falta grave atribuible al trabajador, conforme a lo previsto en el artículo 47 de la LFT. Aunque se trata de una medida excepcional, las empresas deben seguir un procedimiento formal y documentado para evitar que el despido sea considerado injustificado.
Causas para una rescisión sin indemnización.
Estas son las situaciones en las que la LFT permite la separación del trabajador, sin obligación de pagar los tres meses de indemnización constitucional:
- Falsificar documentos o referencias sobre habilidades o aptitudes, dentro de los primeros 30 días de servicio.
- Actos de violencia, injurias o malos tratos contra el patrón, su familia, clientes o personal directivo, salvo defensa propia.
- Agresiones o faltas graves hacia compañeros de trabajo durante la jornada laboral.
- Violencia o faltas de honradez fuera del trabajo, cuando su gravedad impide continuar la relación laboral.
- Daños intencionales a maquinaria, edificios o materiales de la empresa.
- Daños por negligencia, cuando la falta de cuidado sea la única causa del perjuicio.
- Comprometer la seguridad del centro de trabajo por imprudencia o descuido inexcusable.
- Acoso u hostigamiento sexual o actos inmorales en el lugar de trabajo.
- Revelar secretos industriales o información confidencial, con perjuicio para la empresa.
- Acumular más de tres faltas injustificadas en un periodo de treinta días.
- Desobedecer órdenes legítimas del patrón o sus representantes.
- Negarse a seguir medidas de seguridad o prevención indicadas por la empresa.
- Presentarse en estado de ebriedad o bajo efectos de drogas, salvo prescripción médica.
- Sentencia judicial con pena de prisión, que impida cumplir la relación laboral.
- No contar con acreditaciones o documentos requeridos por ley para el desempeño del puesto, cuando la omisión sea imputable al trabajador.
La importancia del aviso de rescisión.
Incluso cuando el despido esté justificado, el patrón tiene la obligación de entregar un aviso por escrito al trabajador, especificando las causas y fechas de los hechos que motivan la terminación. La falta de dicho aviso presume que el despido fue injustificado, salvo prueba en contrario.
El artículo 47 de la LFT establece que este aviso debe entregarse personalmente al trabajador al momento del despido. En caso de no poder entregarlo, comunicarse al Tribunal Laboral dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Despido justificado y derechos del trabajador.
Cuando el despido es injustificado, el trabajador tiene derecho a: tres meses de salario integrado (indemnización constitucional); 20 días por cada año de servicio, si el contrato es por tiempo indeterminado; y el pago de prestaciones pendientes, como vacaciones, aguinaldo, prima vacacional y utilidades.
Por el contrario, en el despido justificado, el patrón no debe cubrir la indemnización, pero sí está obligado a pagar el finiquito que incluye un conjunto de prestaciones irrenunciables:
- Días laborados pendientes de pago.
- Parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
- Prestaciones adicionales (como caja de ahorro o bonos), si existen.
La prima de antigüedad se paga al trabajador que se separa voluntariamente con más de 15 años de servicio o al que es despedido, sin importar la causa, y equivale a 12 días de salario por cada año trabajado, con un tope de dos veces el salario mínimo.
Además, cualquier persona trabajadora tiene derecho a recibir el aguinaldo anual, con mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre; y las vacaciones pagadas conforme a los artículos 76 al 81 de la LFT.
Cómo deben proceder las empresas.
- Cumplir con el aviso de rescisión de manera formal y documentada.
- Acreditar con evidencia las causas del despido (actas, reportes, testigos, registros biométricos, etc.).
- Respetar el pago del finiquito y las prestaciones proporcionales.
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FUENTES:
www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/15-situaciones-por-las-que-tu-patron-te-puede-despedir-sin-indemnizarte-20210701-0110.html
www.eleconomista.com.mx/capital-humano/calculadora-prestaciones-herramienta-gratuita-conocer-monto-liquidacion-20241004-728422.html